18/8/13

PLANTILLA Exploración Física

Enfermedad actual:
Paciente  de  años de edad acude la SUH por

29/6/13

Las Especialidades Preventivas


Medicina del Trabajo; Seguridad en el Trabajo; Higiene Industrial; Ergonomía

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CONCEPTOS



SALUD:  "el estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de daño o enfermedad" según OMS.

Vigilancia de la Salud a los Trabajadores - Vacunación

Real Decreto 664/1997

Protencción de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a los agenets bilológicos.

Articulo 8 "cuando existan vacunas eficaces, deben ponerse a disposición de los trabajadores y lo mismo se hará con otras medidas de preexposición."

Anexo VI
- El EMPRESARIO es el que debe ofrecer la vacunación
- No acarreará coste alguno a los TRABAJADORES
- Se infromará a los trabajadores de las ventajas y los inconvenientes.

- Se debe hacer certificado de vacunación.
- Los trabajadores que rechacen la vacunación deben dejar constancia de la negativa en su historia.

24/6/13

Enfermedad profesional - ¿Que es?

Enfermedad profesional

Articulo 116 del Real Decreto 1/1.994 de la Ley de Seguridad Social 

Se entenderá por  Enfermedad Profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

El cuadro de enfermedades profesioneles. 

R.D. 1299/2006 

Accidente de trabajo - INCLUYE

Se incluyen como ACCIDENTES DE TRABAJO:
( ARTICULO 115.2 DE LA LEY GENERAL DE SEGURIDA SOCIAL)

** Los sucedido al ir o volver del trabajo = " In itinere"

** Los sucedidos en el desempeño de cargos sindicales

** Los Ocurridos en actos de salvamento

** Los sucedidos al desempeñar tarea encomendadas

** Las enfermedades o defectos previos que se vean por el trabajo o por accidenetes

** Las enfermedades que contraiga con motivo de la realización de trabajo siempre que se prueba que tuvo como causa exclusiva el trabajo.

** Las consecuencias de AT que se vean agravadas o modificadas por enfermedades recurrentes o situaciones  que tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.